Investigación a una trabajadora en situación de baja por incapacidad.

Os cuento un caso real, como la vida misma. Fuimos contratados por un empresario para investigar a una trabajadora que estaba de baja por incapacidad laboral y a la que tenía que pagarle 66000€ (!!!!) si quería despedirla. ¿Cómo terminó la cosa? Os dejo con la Sentencia que lo explica todo. Por supuesto, deciros que el Despido Disciplinario le salió al empresario por 0 € (!!!!)

SENTENCIA 349-2013 DE LA SALA DE LO SOCIAL 2 DE MURCIA:

“lo cierto es que dichas actividades (trabajo como dependienta en una tienda propia de ropa en periodo de IT por depresión y ansiedad) sí se pueden considerar como actividades de trabajo por cuenta propia, ya que, como se ha dicho, se trata de prestar servicios en un negocio familiar y, aunque no estuviese dada de alta en ese momento como trabajadora o no se percibiera salario, lo cierto es que su actividad en el establecimiento entraba dentro de lo que constituía el objeto y actividad económica del propio negocio en si y sus trabajos revertían en su propio beneficio…”

“… se alude que el especialista médico le recomendó que no se quedara en casa sola durante la baja, pero esta recomendación puede cumplirse de distintas formas, entre otras, paseando, descansando o realizando actividades de esparcimiento y recreo y no implica ni puede suponer sustituir la actividad laboral por cuenta ajena por otra actividad laboral por cuenta propia en el negocio familiar”

“la actuación de la demandante choca con la existencia de un trastorno depresivo mayor y con una crisis de ansiedad que se caracterizan, entre otras cosas, por una enorme inhibición o incapacidad para mantener relaciones sociales y familiares y una mermada capacidad para mantener una actividad de cualquier tipo y, sobre todo, si exige de habilidad socio-laboral”

Rentable, ¿verdad?

Os seguiremos contando casos reales. Y no olvidéis seguirnos en nuestras redes sociales.

Chao!!

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